En Febrero de 2020 la Unidad de Regulación Financiera (URF), de acuerdo a su agenda regulatoria 2020 y el objetivo de promoción de la transformación digital en el sector financiero, publicó para comentarios, el proyecto de decreto que regula el espacio controlado de prueba para actividades de innovación financiera, o comúnmente conocido como ‘Sandbox Regulatorio’.
La iniciativa nace después de haberse expedido el Plan Nacional de Desarrollo el año pasado, donde daba luz verde a licencias condicionadas para negocios Fintech con la necesidad de operar una actividad financiera vigilada, y adicionalmente, de la experiencia obtenida en La Arenera (Sandbox de supervisión), el espacio a través del cual la Superintendencia Financiera (SFC) ha permitido la realización de 6 experimentos o pruebas de innovaciones tecnológicas, y otros 5 proyectos en estructuración a la fecha, entre ellos, de Fintechs como Tpaga, Tecnipagos, Ualet, Tyba, etc.
En efecto, el nuevo proyecto de la URF flexibiliza y agiliza el esquema de constitución de negocios Fintech de manera proporcional, y que requieran una respectiva autorización por parte de la SFC, dada la naturaleza innovadora de sus modelos de negocio y el riesgo acotado al inicio de operación. Básicamente, la iniciativa propone que las Fintechs puedan obtener un certificado para operar temporalmente, con unos mínimos de capitales y requerimientos prudenciales que se determinen para su operación en producción.
Lo anterior ratifica que con este mecanismo, negocios como neobancos, aseguradoras digitales, plataformas de Crowdfunding, billeteras digitales o roboadvisors, y que dependen de compromisos de rentabilidad y escalabilidad, rondas de inversión y estrategias ágiles de go-to-market, ya no tendrán que esperar a un proceso de licenciamiento que puede tornarse extenso y sobrecargado. Con este certificado podrían obtener el permiso para operar de manera temporal en una ventana de tiempo no mayor a dos años para luego alcanzar una licencia plena, dependiendo del resultado de la prueba en el Sandbox.
Siguiendo los estándares internacionales (ver gráfico arriba), estos son los principios y criterios a destacar del decreto:
Los interesados pueden enviar sus comentarios a la URF durante este mes, luego, continuará la etapa de socialización y discusión con la industria. Con los insumos de valor recogidos, se harán los ajustes para su expedición, para finalmente, entrar al proceso de guía y lanzamiento por parte de la SFC.
Hay que reconocer que este “Sandbox 2.0” se trata de una herramienta poderosa de innovación pública que puede acelerar de manera equilibrada, y dentro de un marco seguro y de protección al consumidor, la transformación digital en todas las capas del sector financiero, especialmente, en el mercado de valores, y que nos ubicará en el mapa global de la innovación financiera, siendo el segundo país con un Sandbox Regulatorio en desarrollo en América Latina, después de México.
edwin@mibank.co
En Febrero de 2020 la Unidad de Regulación Financiera (URF), de acuerdo a su agenda regulatoria 2020 y el objetivo de promoción de la transformación digital en el sector financiero, publicó para comentarios, el proyecto de decreto que regula el espacio controlado de prueba para actividades de innovación financiera, o comúnmente conocido como ‘Sandbox Regulatorio’.
La iniciativa nace después de haberse expedido el Plan Nacional de Desarrollo el año pasado, donde daba luz verde a licencias condicionadas para negocios Fintech con la necesidad de operar una actividad financiera vigilada, y adicionalmente, de la experiencia obtenida en La Arenera (Sandbox de supervisión), el espacio a través del cual la Superintendencia Financiera (SFC) ha permitido la realización de 6 experimentos o pruebas de innovaciones tecnológicas, y otros 5 proyectos en estructuración a la fecha, entre ellos, de Fintechs como Tpaga, Tecnipagos, Ualet, Tyba, etc.
En efecto, el nuevo proyecto de la URF flexibiliza y agiliza el esquema de constitución de negocios Fintech de manera proporcional, y que requieran una respectiva autorización por parte de la SFC, dada la naturaleza innovadora de sus modelos de negocio y el riesgo acotado al inicio de operación. Básicamente, la iniciativa propone que las Fintechs puedan obtener un certificado para operar temporalmente, con unos mínimos de capitales y requerimientos prudenciales que se determinen para su operación en producción.
Lo anterior ratifica que con este mecanismo, negocios como neobancos, aseguradoras digitales, plataformas de Crowdfunding, billeteras digitales o roboadvisors, y que dependen de compromisos de rentabilidad y escalabilidad, rondas de inversión y estrategias ágiles de go-to-market, ya no tendrán que esperar a un proceso de licenciamiento que puede tornarse extenso y sobrecargado. Con este certificado podrían obtener el permiso para operar de manera temporal en una ventana de tiempo no mayor a dos años para luego alcanzar una licencia plena, dependiendo del resultado de la prueba en el Sandbox.
Siguiendo los estándares internacionales (ver gráfico arriba), estos son los principios y criterios a destacar del decreto:
Los interesados pueden enviar sus comentarios a la URF durante este mes, luego, continuará la etapa de socialización y discusión con la industria. Con los insumos de valor recogidos, se harán los ajustes para su expedición, para finalmente, entrar al proceso de guía y lanzamiento por parte de la SFC.
Hay que reconocer que este “Sandbox 2.0” se trata de una herramienta poderosa de innovación pública que puede acelerar de manera equilibrada, y dentro de un marco seguro y de protección al consumidor, la transformación digital en todas las capas del sector financiero, especialmente, en el mercado de valores, y que nos ubicará en el mapa global de la innovación financiera, siendo el segundo país con un Sandbox Regulatorio en desarrollo en América Latina, después de México.
edwin@mibank.co