La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) dio señales sobre el proceso regulatorio de la ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, conocida como Ley Fintech, y este viernes hizo oficial el aval para que Kuspit Casa de Bolsa pudiera operar su billetera digital, mediante su autorización para conformar su institución de fondos de pago electrónico (IFPE).
En el Diario Oficial de la Federación (DOF), la CNBV publicó el oficio mediante el cual otorga autorización para la organización y operaciones de una IFPE a Depósitos y Pagos Digitales, S.A.P.I. de C.V, subsidiaria de Kuspit Casa de Bolsa.
"Los miembros del Comité Interinstitucional, de conformidad con los artículos 11 y 35, en relación con el artículo 22 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, acordaron por unanimidad se otorgue la autorización para la organización y operación de una institución de fondos de pago electrónico a denominarse Depósitos y Pagos Digitales, S.A.P.I. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico", se puede leer en el oficio publicado en el DOF.
Con esta autorización, suman 42 autorizaciones con el aval definitivo para operar bajo la Ley Fintech, de las cuales 28 son IFPE y 14 Instituciones de Fondeo Colectivo. La perspectiva es que al cierre de este año sumen 60 entidades autorizadas; sin embargo, se ve complicado que esto se cumpla debido al ritmo que ha tenido la autoridad en cuestión de avales.
Por ejemplo, desde el pasado 7 de octubre no se había publicado la autorización definitiva de ninguna entidad para operar bajo la Ley Fintech, pese a que existen cerca de 20 instituciones con su aval condicionado, las cuales sólo tienen que cumplir ciertos requerimientos administrativos para que tengan el permiso definitivo.
La promesa del presidente de la CNBV, Jesús de la Fuente Rodríguez, era desahogar todos los trámites que conciernen a esta autoridad para agilizar las autorizaciones; sin embargo, destacó que también es un tema de Banco de México y de la Secretaría de Hacienda.
De acuerdo con registros de la autoridad, la autorización definitiva de la IFPE de Kuspit Casa de Bolsa fue un proceso que duró 400 días, por lo que el tiempo promedio para obtener un aval bajo la Ley Fintech asciende a 693 días.
Hace algunos días, El Economista informó que la autoridad había recibido desde la promulgación de la Ley Fintech, hasta la fecha, 148 solicitudes de autorización, de las cuales actualmente 42 se han aprobado en definitiva, mientras que ha rechazado 27, de las cuales 4 han impugnado su negativa.
Según lo publicado en el DOF, la IFPE de Kuspit Casa de Bolsa iniciaría con un capital social de los 12 millones 300,000 pesos.
"Depósitos y Pagos Digitales, S.A.P.I. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico, deberá acreditar a esta Comisión, con al menos 30 días hábiles de anticipación al inicio de sus operaciones, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 40 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera", se puede leer en el oficio para que esta entidad pueda iniciar su funcionamiento, al ser una entidad de reciente creación según los términos de la normativa.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) dio señales sobre el proceso regulatorio de la ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, conocida como Ley Fintech, y este viernes hizo oficial el aval para que Kuspit Casa de Bolsa pudiera operar su billetera digital, mediante su autorización para conformar su institución de fondos de pago electrónico (IFPE).
En el Diario Oficial de la Federación (DOF), la CNBV publicó el oficio mediante el cual otorga autorización para la organización y operaciones de una IFPE a Depósitos y Pagos Digitales, S.A.P.I. de C.V, subsidiaria de Kuspit Casa de Bolsa.
"Los miembros del Comité Interinstitucional, de conformidad con los artículos 11 y 35, en relación con el artículo 22 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, acordaron por unanimidad se otorgue la autorización para la organización y operación de una institución de fondos de pago electrónico a denominarse Depósitos y Pagos Digitales, S.A.P.I. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico", se puede leer en el oficio publicado en el DOF.
Con esta autorización, suman 42 autorizaciones con el aval definitivo para operar bajo la Ley Fintech, de las cuales 28 son IFPE y 14 Instituciones de Fondeo Colectivo. La perspectiva es que al cierre de este año sumen 60 entidades autorizadas; sin embargo, se ve complicado que esto se cumpla debido al ritmo que ha tenido la autoridad en cuestión de avales.
Por ejemplo, desde el pasado 7 de octubre no se había publicado la autorización definitiva de ninguna entidad para operar bajo la Ley Fintech, pese a que existen cerca de 20 instituciones con su aval condicionado, las cuales sólo tienen que cumplir ciertos requerimientos administrativos para que tengan el permiso definitivo.
La promesa del presidente de la CNBV, Jesús de la Fuente Rodríguez, era desahogar todos los trámites que conciernen a esta autoridad para agilizar las autorizaciones; sin embargo, destacó que también es un tema de Banco de México y de la Secretaría de Hacienda.
De acuerdo con registros de la autoridad, la autorización definitiva de la IFPE de Kuspit Casa de Bolsa fue un proceso que duró 400 días, por lo que el tiempo promedio para obtener un aval bajo la Ley Fintech asciende a 693 días.
Hace algunos días, El Economista informó que la autoridad había recibido desde la promulgación de la Ley Fintech, hasta la fecha, 148 solicitudes de autorización, de las cuales actualmente 42 se han aprobado en definitiva, mientras que ha rechazado 27, de las cuales 4 han impugnado su negativa.
Según lo publicado en el DOF, la IFPE de Kuspit Casa de Bolsa iniciaría con un capital social de los 12 millones 300,000 pesos.
"Depósitos y Pagos Digitales, S.A.P.I. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico, deberá acreditar a esta Comisión, con al menos 30 días hábiles de anticipación al inicio de sus operaciones, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 40 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera", se puede leer en el oficio para que esta entidad pueda iniciar su funcionamiento, al ser una entidad de reciente creación según los términos de la normativa.